SOLICITUD DE SERVICIOS DE ADT SECURITY SERVICES S.A.

TERMINOS Y CONDICIONES - SERVICIO DE MONITOREO DE ALARMAS


01 | Introducción.- Este documento contiene los términos, alcances, limitaciones y condiciones de los servicios de ADT. Al solicitar los servicios de ADT te pedimos que firmes o aceptes este documento a través de algún medio electrónico. Tu firma o aceptación del documento significa tu conformidad con todo su contenido. Luego de tu firma o aceptación, ADT analiza la solicitud y decide si puede o no prestarte el servicio. Si te puede prestar el servicio que solicitaste, te lo comunica expresamente. ADT puede rechazar tu solicitud sin causa o justificación. En ese caso no hay celebración de contrato. La decisión de ADT de rechazar tu solicitud no genera ningún derecho a compensación o indemnización en tu favor. 02 | Definiciones.- “ADT:” significa ADT Security Services S.A. Es una sociedad anónima constituida de conformidad con las leyes de la República Argentina, con sede social en Cerrito 1070 - 3º piso - Oficina 71, Ciudad Autónoma de Buenos Aires – Argentina (C1010AAV), CUIT: 30-65663161-5, y/o sus sucesores o cesio- narios. “Cliente”: sos vos, la persona que firma o acepta la solicitud de servicios a ADT. “Contrato de Prestación de Servicios de Monitoreo” o “Contrato”: es este documento que aceptás mediante tu firma o a través de un medio electrónico. “Vigencia”: es el plazo de duración del contrato. “Servicios”: son todos los servicios que presta ADT. “Comodato”: es el préstamo de una cosa para su uso. “Servicio de Monitoreo”: es la recepción, análisis y procesamiento de los eventos recibidos por la Central de Monitoreo desde el domicilio monitoreado. “Central de Monitoreo”: es el lugar físico desde donde ADT brinda el servicio de monitoreo. Puede ser propio y/o de terceros y estar ubicado en el país y/o en el exterior. “Evento”: son las señales que recibe la Central de Monitoreo desde el equipo instalado en el domicilio monitoreado, para su tratamiento y administración de acuerdo con el PIEP y las leyes y reglamentaciones aplicables vigentes. “Señal de Alarma”: es un Evento que indica robo (“Alarma de Robo”), o asalto (“Alarma de Asalto”), o incendio (“Alarma de Fuego”), o emboscada (“Código de Emboscada”) o emergencia médica (“Emergencia Médica”). “Domicilio Monitoreado”: es el lugar donde se encuentra instalado el equipo y donde se presta el servicio de monitoreo y los servicios opcio- nales, según corresponda. “Falta de Vínculo”: cuando la Central de Monitoreo no recibe señales del domicilio monitoreado. La falta de vínculo no es una señal de alarma.“Equipo”: son los dispositivos electrónicos instalados en el domicilio monitoreado para recibir los servicios de monitoreo y/o los servicios opcionales. “Equipo”: son los dispositivos electrónicos instalados en el domicilio monitoreado para recibir los servicios de monitoreo y/o los servicios opcionales. “Dispositivos”: es el servicio telefónico análogo, dispositivo celular, telemetría de radio IP (Internet Protocol) o el medio utilizado para que el equipo comunique o transmita señales a la Central de Monitoreo. “Servicio Opcional”: significa uno o varios servicios contratados por el cliente y prestados de forma directa o indirecta por ADT. Son accesorios al servicio de monitoreo y llevan un costo adicional. Sus términos y condiciones se regularán por un anexo específico. “Servicios de Seguridad Interactivos ADT”: es una modalidad del servicio de monitoreo. Comprende la recolección, almacena- miento y tratamiento de grabaciones telefónicas, audios, imágenes digitales y/o videos, captados por el equipo instalado en el domicilio monitoreado. Esto dependerá de la modalidad, alcance y condiciones de contratación. “Servicio Visonic”: es una modalidad del servicio de monitoreo que permite recibir imágenes del domicilio monitoreado y verificar el estado general del servicio de monitoreo. Se puede activar o desactivar de manera remota mediante un dispositivo celular. “Placa de Advertencia”: es el cartel de advertencia con el logotipo de ADT que se coloca en el exterior del domicilio monitoreado. “Procedimiento de Alarma de Emergencia”: es el procedimiento de actuación establecido para cada uno de los eventos recibidos en la Central de Monitoreo. “PIEP”: significa el Programa de Información de Emergencia y Protección utilizado por ADT. En él figuran los datos de los contactos de emer- gencia indicados en el formulario que antecede este contrato. “Palabra Clave”: es la palabra que le das a ADT y que funciona como contraseña de seguridad para diferentes gestiones. “Centro de Atención a Clientes”: es el sector de ADT destinado a la atención de los clientes. “Orden de Servicio Técnico”: es la orden de trabajo realizada por el servicio técnico de ADT y/o el prestador de servicio autorizado. Describe el trabajo de instalación, conexión y/o mantenimiento del equipo que corresponda. “Prestadores de Servicios Autorizados”: son terceros prestadores de servicio técnico, autorizados por ADT para realizar la instalación, revisión, mantenimiento y/o retiro del equipo. “Precio”: es el monto que se paga por los servicios contratados. “Días”: días corridos. “Que falta”: es la ley Nº 25.326, que protege los datos personales en la República Argentina y su decreto reglamentario y cualquier otra normativa que la reemplace en el futuro. “Datos”: son tus datos personales, información identificatoria (nombre, apellido, DNI), voz, imágenes, videos o cualquier otra información calificada como dato personal, según lo establece la Ley de Datos Personales. “Cartel”: es el letrero que indica que hay dispositivos de seguridad que captan imágenes en el domicilio monitoreado. Tiene como finalidad informar al titular de los datos que son obtenidos por estos dispositivos, en los términos de lo en la Ley de Datos Personales. Las palabras utilizadas en este contrato tendrán la definición indicada aquí. 03 | Objeto.- El objeto del contrato es prestarte el servicio de monitoreo y el servicio opcional, detallado más arriba. 04 | Vigencia del contrato.- Será por tiempo indeterminado. El contrato empieza cuando la Central de Monitoreo de ADT recibe adecuada y satisfactoria- mente las señales de prueba de todos y de cada uno de los dispositivos. 05 | Terminación y rescisión.- Las causas de terminación del contrato son:
A. Por decisión del cliente debidamente informada a ADT.
B. Por decisión de ADT.
C. Por destrucción, daño grave de la Central de Monitoreo u otra causa ajena a ADT que imposibilite la operación de la Central de Monitoreo.
D. Por incumplimiento contractual del cliente.
E. Por falta de pago de las facturas durante dos o más períodos mensuales, sean consecutivos o no.
Desconexión y entrega de equipo: Una vez terminado el contrato, el cliente tiene que devolver el equipo a ADT dentro de los 10 días de finalizado el contrato por cualquier causa. El cliente deberá permitir que ADT desconecte el equipo de los dispositivos de comunicación. De lo contrario, el cliente será responsable de pagar los cargos que genere su incumplimiento. Si el cliente se niega u obstaculiza la devolución del equipo a ADT o bien lo daña antes de devolverlo, deberá pagar el precio de un equipo nuevo con las mismas o similares características del que le fue entregado, de acuerdo con la lista de precios del proveedor del equipo vigente en ese momento. ADT tendrá la opción de no reclamar la devolución del equipo si éste está deteriorado y no se le puede dar el uso ordinario. El cliente declara tener conocimiento de que la retención del equipo recibido en comodato con posterioridad a la finali- zación del contrato puede configurar el delito de apropiación indebida en los términos que dispone el Artículo 173 Inciso 2 del Código Penal.
06 | Precio.-

  1. El precio es mensual y se paga por adelantado. Además, se cobra un costo único de instalación.
  2. Modificaciones de precio: el cliente acepta que ADT puede modificar el precio. Esto se comunicará por escrito con al menos 30 días de antelación mediante una nota en la factura y/o el envío de un correo electrónico.

Si el cliente no está de acuerdo, puede solicitar la baja dentro de los primeros 15 días de haber sido notificado. Si
no objeta la propuesta de aumento dentro de ese lapso, el nuevo precio se considerará aceptado.

07 | Facturación y pago.-

  1. Facturación: ADT facturará de forma electrónica y enviará la factura por correo electrónico. Si el cliente prefiere recibir la factura en su domicilio deberá expresarlo por escrito. El cliente podrá objetar la factura mediante un reclamo escrito dentro de los primeros 10 días hábiles contados desde la fecha de recepción.
  2. Pago: el cliente deberá pagar antes del vencimiento especificado en la factura.
  3. Morosidad: el incumplimiento del cliente se producirá automáticamente por el simple paso del tiempo, sin necesidad de que exista una intimación. Así lo establece el artículo 886 del Código Civil y Comercial de la Nación. Cuando venza la factura, sin que el cliente haya pagado ADT podrá:
    1. Cobrar intereses punitorios sobre el precio pendiente de pago. La tasa de interés será la tasa aplicable por el Banco de la Nación Argentina (pasiva), para operaciones de descuento de documentos comerciales más un 50%.
    2. Cobrar una suma por gastos de gestiones para la cobranza: envío de correos electrónicos, llamadas telefóni- cas, cartas documento, etc.
    3. Informar sobre la deuda a las empresas de riesgo crediticio, conforme a la Ley de Protección de Datos Personales.
    4. Desconectar y/o suspender y/o rescindir el servicio sin que el cliente pueda reclamar indemnización o com- pensación alguna. Si se suspende el servicio por causas atribuibles al cliente, éste deberá pagar el cargo de reconexión vigente al momento de su reconexión. También deberá pagar cualquier otra deuda pendiente con ADT por prestación del servicio, facturación o recargos por mora.

Las facturas impagas y este documento son suficientes para reclamar ante la justicia por el pago de las sumas adeudadas. Si al momento de realizar un pago se encuentran impagas facturas de períodos anteriores, ADT destinará el pago en primer lugar a la cancelación de intereses, cargos por mora y gastos de cobranza y el saldo al capital adeudado.
08 | Impuestos y otros gastos.- Cualquier costo, cargo, impuesto, tasa u otros rubros que no conforme el precio y que puedan surgir durante la vigencia del contrato serán trasladados al cliente. ADT lo informará con 30 días de anticipación, por medio de una nota en la facturación y/o mediante un correo electrónico. Si el cliente no está de acuerdo podrá pedir la baja del servicio dentro de los 15 días posteriores a la recepción de la comunica- ción. Si no solicita la baja en el plazo de 15 días se dará por aceptado el traslado del impuesto, gasto o cargo informado. 09 | Servicio de monitoreo.- El servicio de monitoreo es la recepción y análisis que se hace en la Central de Monitoreo de los Eventos recibidos desde el Domicilio Monitoreado. ADT procesa las señales que recibe la Central de Monitoreo. Cuando recibe una señal de alarma actúa según un procedimiento de alarma de emergencia, de acuerdo con el Programa de Información de Emergencia y Protección y las normas aplicables en la jurisdicción en la que se sitúe el domicilio monitoreado. Para que una señal resulte un evento debe ser recibida por la Central de Monitoreo y no simplemente ser captada o emitida por el equipo que está en el domicilio monitoreado. ADT puede detectar una falta de vínculo sólo cuando efectúa un testeo de vínculo. Éste se realiza en el plazo contratado por el cliente y dentro de las posibilidades técnicas de ADT. 10 | Necesidades de ADT para prestar los servicios.- El servicio de monitoreo funciona en conexión a redes y/o servicios provistos por terceros ajenos a ADT. Estos servicios son elegidos o contratados por cada cliente. Si los dispositivos usados para transmitir las señales a la Central de Monitoreo no funcionan correctamente, si fallan, se inte- rrumpen o condicionan las redes y/o servicios prestados por terceros, la Central de Monitoreo no puede recibir señales. Por ejemplo: las tormentas eléctricas, las fallas de energía, la interrupción o falta de disponibilidad del servicio telefónico y/o de acceso a Internet y/o de la frecuencia celular y/o de la radio y/o cualquier otra condición. Los Servicios de Seguridad Interac- tivos ADT operan exclusivamente bajo tecnología de transmisión de datos en la red de celular móvil (3G/4G) provista por terceros prestadores de telefonía móvil en el territorio Nacional. Para todo tipo de equipo ADT necesita que el cliente tenga 500kB de capacidad de internet como mínimo para envío de datos. Además, para los Equipos con Cámaras, el cliente se obliga a mantener durante toda la vigencia del contrato 750kB (adicionales a los 500kB) por cámara instalada. 11 | Servicios interactivos ADT.- Al contratar estos servicios el cliente entiende y acepta que:

  1. ADT enviará notificaciones de eventos desde la cuenta de correo electrónico de su titularidad noreply.ARG@jci.com y/o de cualquier otra que determine ADT y previamente informada al cliente. Para ello el cliente deberá habilitar la opción de recepción de notificaciones. Si ADT no recibe las imágenes de video en la Central de Monitoreo éstas no podrán ser retransmitidas al cliente.
  2. Autoriza a que los dependientes de ADT visualicen, administren y retransmitan las imágenes exclusivamente a los fines de la prestación de los Servicios de Seguridad Interactivos ADT.
  3. ADT almacenará las imágenes de video por 30 días corridos contados desde la fecha en que ocurre un evento, salvo que existan circunstancias particulares debidamente justificadas. Para ellos, es indispensable que el Cliente conserve la habilitación de las reglas de grabación de imagen y de notificaciones.
  4. Si existe un evento de robo confirmado por el cliente, las imágenes de video captadas serán almacenadas por ADT por 5 años contados desde la fecha de en que ocurrió el evento. Una vez transcurrido el plazo indicado, ADT eliminará las imágenes de video y no quedará registro o almacenamiento.
  5. ADT no garantiza ni asegura la integridad, nitidez ni resolución de las imágenes grabadas y/o capturadas por el equipo.
  6. ADT no llevará ningún control respecto de las imágenes de video captadas por los equipos instalados en el domi- cilio monitoreado. No podrá considerarse que ADT ha dado su consentimiento o venia con su contenido.
  7. No deberá utilizar las imágenes de video con fines ajenos a los Servicios de Seguridad Interactivos ADT o que pudieran atentar contra derechos de terceros, la moral, las buenas costumbres y la legislación vigente. El cliente es el único responsable del contenido, uso, reproducción, difusión, circulación, publicación, destino y/o empleo de las imágenes grabadas y/o capturadas, ya sea que dichas actividades sean realizadas por el propio cliente y/o por cualquiera otra persona distinta a ADT.

12 | Servicio de mantenimiento ADT.- El servicio de mantenimiento tiene un costo mensual a cargo del cliente que podrá ser bonificado bajo la condición de que no rescinda esta solicitud antes de cumplido un año de vigencia. Si el cliente no contrató a ADT el servicio de manteni- miento, las reparaciones por el uso y/o desgaste del equipo se le cobrarán considerando el tiempo y los materiales empleados a las tarifas de servicio de ADT, de acuerdo al momento de reparación. Esto será previamente comunicado. El servicio de mantenimiento se proporcionará en días y horas hábiles, de 09:00 a 17:30 horas, excluyendo sábados, domin- gos, feriados y días festivos, una vez que el cliente notifique a ADT que existe un problema con el equipo y dentro del plazo que ADT informe. El servicio de mantenimiento incluye la visita técnica sin cargo. No están incluidos la reparación o el reemplazo de cualquier equipo. En ningún caso el servicio de mantenimiento incluirá el material o los equipos que deban ser reemplazados. En el caso que el cliente haya contratado el servicio de mantenimiento mensual, debe aceptar que éste no comprende (y por lo tanto ADT no se verá obligada a proporcionarlo) las reparaciones, reemplazos o adiciones al equipo por causas tales como: (i) uso inadecuado y/o negligente; (ii) robo; (iii) desastres naturales; (iv) huelgas, paros, terrorismo, revueltas, sabotaje, actos de guerra; (v) que se hayan realizado reparaciones, cambios, modificaciones, reubicación o reinstalación del equipo por personal no autorizado de ADT; (vi) daño eléctrico y/o corrosivo de la atmósfera al equipo; (vii) el equipo que no haya sido proporcionado e instalado por ADT o por sus prestadores de servicios autorizados: (viii) la falla del cliente de mantener las especificaciones del domicilio monitoreado requerido (ix) y por cualquier otra causa que no sea derivada del uso ordinario y adecuado del equipo por parte del cliente. Todo servicio adicional, se cobrará según la tarifa vigente informada al cliente y aceptada en forma previa a la prestación. Los servicios de reemplazo o reparación están condicionados a la disponibilidad de personal de servicio técnico, así como también, del componente original necesario. Si el componente original no está disponible, ADT podrá sustituirlo con un producto de similar funcionalidad. El servicio de mantenimiento no es un servicio preventivo o de inspección anual. 13 | Procedimiento de emergencia.- Procedimientos ante: Señal de “Alarma de Robo”. ADT llamará por teléfono al domicilio monitoreado. Si la persona que responde la palabra clave correcta no solicita ayuda, ADT registra la señal de alarma en sus sistemas pero no llama a la policía y tampoco a alguno de los restantes contactos que aparecen en el PIEP. Si no hay respuesta, si el teléfono está ocupado o si la persona que contesta no se identifica con la palabra clave, ADT hará
sus mejores esfuerzos para notificar a la policía y al número de emergencia que aparezca en el PIEP. Señal de “Alarma de Fuego”. ADT llamará por teléfono al domicilio monitoreado. Si la persona que responde confirma la señal de alarma, ADT hará lo posible por notificar a la autoridad responsable. Si no hay respuesta, ADT hará lo posible por notificar a la policía. ADT llamará a los números que aparezcan en el PIEP en un intento por notificar sobre esta señal de alarma. La llamada por señal de fuego se realizará de conformidad con las regulaciones fijadas por la autoridad local de bomberos. Señal de “Emergencia Médica” ADT llamará por teléfono al domicilio monitoreado. Si la persona que responde confirma la señal de alarma, ADT hará lo posible por notificar al servicio de emergencia médica. Si no hay respuesta, ADT hará lo posible por avisar a los números que aparezcan en el PIEP una sola vez, en un intento por notificar sobre esta señal de alarma. Una vez que la parte que responde ha sido notificada del evento, ADT no tendrá obligación adicional de intentar llamar a otro número que aparezca en el PIEP. Señal de “Alarma de Asalto” y Señal de “Código de Emboscada” ADT hará sus mejores esfuerzos para notificar a la policía y al número de emergencia que aparezca en el PIEP. ADT no llamará al domicilio monitoreado. ADT llamará a los números que aparezcan en el PIEP una sola vez en un intento por notificar sobre esta señal de alarma. Una vez que uno de los contactos responde y es notificado del evento, ADT no tendrá obligación adicional de intentar llamar a otro número que aparezca en el PIEP. 14 | Régimen del equipo.- El equipo es propiedad exclusiva de ADT. Salvo que se especifique expresamente, en este documento o en la Orden de Servicio Tecnico que el cliente compra el equipo se entiende que el equipo fue entregado en comodato. El equipo deberá permanecer en el mismo domicilio monitoreado y dentro del lugar en el que fue instalado. Cualquier remoción, traslado o alteración del mismo por decisión unilateral -como pudiera ser algún procedimiento de pintado, modificación, remodelación- deberá ser abonada de acuerdo con las tarifas vigentes de ADT para esos trabajos. ADT podrá programar el equipo de manera remota, ya sea por solicitud del cliente o por decisión de ADT. 15 | Equipo entregado en comodato.- ADT entrega el equipo en comodato al cliente bajo los siguientes términos:

  1. Debe usarlo únicamente para la prestación del servicio.
  2. Acepta que recibe el equipo en buen estado y así lo conservará.
  3. Asume la responsabilidad del daño o deterioro que sufra el equipo por caso accidental y/o fuerza mayor.
  4. Asume la responsabilidad por la pérdida del equipo. En tal caso deberá pagar a ADT su valor de acuerdo con la lista de precios vigente al momento del hecho, en concepto de restitución.

16 | Equipo en propiedad.- El cliente declara que el equipo es de su exclusiva propiedad y que no existe impedimento para que sea utilizado correctamente con el servicio de ADT. El cliente autoriza a ADT a conectarlo con su Central de Monitoreo. Si se compra un equipo bajo una condición especial, o promoción que implique su bonificación, el cliente acepta que es con- dición esencial que:

  1. Durante el plazo de 12 meses a contar desde la fecha de compra del equipo sólo podrá ser afectado al servicio brindado por ADT.
  2. Permanecer activo en el servicio contratado por el plazo 12 meses.Si antes de transcurridos los 12 meses, el cliente: a) solicita la rescisión del servicio; b) decide utilizar el equipamiento en otra compañía; c) decide migrar a un abono inferior y el precio del equipo estuviera sujeto al precio del abono contratado; o d) ADT dispusiera la rescisión de la solicitud por incumplimiento del cliente; el cliente deberá abonar a ADT en concepto de reintegro por la bonificación otorgada, el cargo establecido según el siguiente esquema:
    • Entre los 0 y 6 meses de activado el servicio, el 100% de la diferencia entre el precio de lista y el precio de venta al momento de la activación del servicio.
    • Entre los 6 y los 12 meses de activado el servicio el 50% de la diferencia entre el precio de lista y el precio de venta al momento de la activación del servicio.

17 | Obligaciones principales del cliente.- El cliente se obliga a:

  1. Pagar a ADT el precio mensual en tiempo y forma.
  2. Pagar cualquier reparación o reemplazar alguna parte del equipo que se vea dañada por cualquier causa no imputa- ble a ADT.
  3. Contar con los dispositivos en buen estado, disponibles y operando de manera completa, permanente y sin restric- ción de salida de llamadas, con ancho de banda suficiente y con un número de IP público fijo, durante toda la vigencia del contrato.
  4. Abonar los cargos correspondientes a las compañías que le presten el servicio de telefonía análogo o celular y/o de acceso a Internet y/o cualquier otro servicio afectado por el cliente para el servicio de monitoreo.
  5. Proporcionar a ADT acceso al domicilio monitoreado, al equipo y a los dispositivos; también a la roseta telefónica y/o al dispositivo de conexión telefónico y/o al dispositivo celular y/o computadora y/o accesos a Internet del domicilio monitoreado.
  6. Cooperar con ADT en la operación y monitoreo del equipo y seguir todas las instrucciones y procedimientos que ADT indique.
  7. No conceder a un tercero el uso del equipo, ni venderlo, donarlo o prestarlo.
  8. No efectuar, ni permitir que terceros efectuen modificaciones, alteraciones y/u otras intervenciones al equipo.
  9. Corroborar periódicamente el correcto funcionamiento del equipo, al menos una vez por mes. Reportar a ADT cualquier probable comportamiento anormal o falla que detecte del equipo o de cualquiera de sus dispositivos.
  10. Administrar la palabra clave de forma segura, no transferirla y modificarla con regularidad para su mayor seguridad. El cliente acepta y entiende que la palabra clave (a) será requerida por la Central de Monitoreo ante cualquier activación de alarma y/o evento recibido con relación al domicilio monitoreado; (b) podrá ser requerida por ADT ante cualquier llamada del y/o para el cliente con la finalidad de permitir a ADT corroborar la identidad del cliente, mantener actualizados los datos registrados en la base de datos de ADT y los datos de contacto del PIEP, entre otros.
  11. Aceptar que ADT tomará como válida toda la información proporcionada por una persona que mencione la palabra clave y esto no generará responsabilidad alguna para ADT.
  12. Deberá prestar su consentimiento previo e informado para la recolección y tratamiento de sus imágenes digitales en el domicilio monitoreado. También deberá obtener el consentimiento previo e informado de los integrantes de su grupo familiar, amigos, allegados, empleados y demás personas que usualmente visten el domicilio monitoreado.
  13. Deberá mantener a ADT Security Services S.A. totalmente indemne frente a cualquier reclamo, demanda, querella, acusación o controversia, sanción o multa que terceros o la autoridad de aplicación de la ley N° 25 .326 formulen contra ADT por recolección y tratamiento de imágenes y/o video sin su consentimiento previo e informado y/o por la utilización indebida de los Servicios de Seguridad Interactivos ADT. Si esto sucediera, deberá reintegrar inmediatamente a ADT toda suma que haya debido abonar por tales reclamos. Estas obligaciones subsistirán al concluir y/o rescindir del con- trato por cualquier causa.
  14. El cliente deberá vincular los Servicios de Seguridad Interactivos ADT con una cuenta de correo electrónico de su titularidad y de su uso exclusivo. Designará un nombre de usuario y contraseña confidencial e impedirá el acceso a terceros.
  15. En caso de que el equipo transmita continuamente señales que ADT determine como falsas, el cliente autoriza a ADT a que reinicie el equipo, ya sea en forma remota o en el domicilio monitoreado. En caso que ADT no pueda reini- ciar el equipo por negativa, negligencia, incumplimiento y omisión del cliente, éste último indemnizará a ADT por los gastos y perjuicios que le sean causados. ADT queda eximida de cualquier responsabilidad por deficiencias o inte- rrupción de la prestación del servicio de monitoreo. Asimismo, si como consecuencia de una falsa señal el depar- tamento de policía o la autoridad de aplicación competente le impone a ADT una multa o sanción pecuniaria, ADT se reserva el derecho a trasladar el importe al cliente mediante la inclusión de cargos en su factura del servicio.

18 | Responsabilidad de ADT.- El cliente acepta que el servicio de ADT busca un efecto disuasivo. Esto no garantiza que impedirá que ocurran eventos o siniestros en el domicilio monitoreado. En todos los casos ADT asume una obligación de medios y no de resultados. ADT no asegura la prevención, disuasión y/o impedimento de tales eventos o siniestros. El cliente reconoce que frente a una señal de alarma advertida por el servicio de monitoreo, ADT no puede asegurar el tiempo de respuesta de las personas, entidades u organismos comprendidos en el PIEP. El cliente acepta que ADT no garantiza ni asume responsabilidad si los contactos de emergencia con quienes ADT intente comunicarse, no responden el llamado. Entiende que ADT no asume responsabilidad por los daños y/o perjuicios, personales y/o económicos o a terceros que le pueda ocasionar al cliente la falta o indebida atención del llamado. ADT no garantiza que la policía, los bomberos o el médico acudan a su llamado. ADT queda así exonerada por la omisión o demora en la respuesta de ellos. Acepta que dentro del servicio de ADT no se comprende el arresto, la detención y/o retención o aseguramiento de personas por parte de su personal. El cliente entiende y acepta que ADT en ningún caso responderá frente al cliente ni frente a terceros por delitos, robo, hurto, despojo y/o allanamiento, ni por ilícito alguno y/o faltas cometidas en el domicilio monitoreado y/o en contra del cliente o de persona alguna directa o indirectamente ligada a éste; ni en contra de terceros, así como tampoco por sus consecuencias. El cliente acepta que ADT no es una compañía de seguros y que este documento no constituye un contrato de seguro ni de guarda y/o custodia, y/o póliza de seguros. Acepta también que la contraprestación no es una prima de seguro, por lo tanto ADT no será responsable por el resarcimiento o indemnización en caso de pérdidas, daños y/o perjuicios materiales, y/o físicos ocasionados por cualquier evento, ilícito o siniestro ocurrido en el domicilio monitoreado. No será responsabilidad de ADT la falta, interrupción y/o mal funcionamiento de la casilla de correo electrónico vinculada por el cliente a los Servicios de Seguridad Interactivos ADT, así como tampoco, por los perjuicios que de esto pudieran derivar. Si a partir de los servicios prestados por ADT, un tercero se siente perjudicado y/o lesionado moral o materialmente por causas tales como por ejemplo el disparo de alarmas, la recepción de llamadas conforme el PIEP, etc., el cliente será el único respon- sable frente a dichos y reclamos. Se compromete a mantener indemne a ADT y a reintegrarle toda suma de dinero que haya debido abonar como consecuencia de tales reclamos por cualquier concepto. El cliente acepta que el alcance de los servicios prestados por ADT se determina y detalla solamente en este contrato. Reconoce además que ADT no asume responsabilidad por la interrupción de los servicios telefónicos, frecuencia celular y/o de radio y/o cualquier otra condición que esté fuera de control de ADT, aunque dichas interrupciones afecten a su servicio. ADT tampoco asume responsabilidad por circunstancias que están fuera de su alcance y/u obligaciones que están a cargo del cliente y/o de terceros y son ajenas a ella. Reconoce que la transmisión de señales de dispositivos celulares depende de las líneas telefónicas. Entiende que ADT no declara ni manifiesta que la transmisión de señales a o desde la Central vía telefónica o vía internet, no pueda interrumpirse. Luego de leer y comprender el contenido, la naturaleza y el alcance legal de este documento, el cliente exonera y exime a ADT, a sus accionistas, socios, directivos, funcionarios, representantes, trabajadores y empleados de cualquier responsabilidad por siniestros, delitos y/o faltas cometidas en el domicilio monitoreado. El cliente renuncia a formular cualquier reclamo o acción legal en contra de ADT y/o cualquiera de los sujetos mencionados anteriormente, por even- tos y por las consecuencias que puedan generar, salvo que se compruebe su participación directa en el ilícito, mediante una investigación llevada a cabo por la autoridad competente. ADT no asume la obligación de notificar telefónicamente a ninguna persona, institución pública o privada de seguridad, que no se encuentre dentro del PIEP. 19 | Limitación de responsabilidad.- El cliente acepta que si existiera una sentencia firme que disponga que ADT es responsable por la pérdida, daño y/o per- juicio de cualquier bien del cliente o de terceros como consecuencia de actos, errores, omisiones, negligencia y/o incum- plimientos de las obligaciones establecidas en este contrato incurridos por parte de ADT, sus funcionarios, agentes, subordinados, empleados, proveedores, subcontratistas y/o prestadores de servicios autorizados; así como también, como consecuencia de fallas, anomalías y/o interrupciones en la prestación de los servicios de y/o por cualquier otra causa imputable a ADT o sus dependientes, la responsabilidad de ADT por todo concepto estará limitada a: i) la suma equivalente al precio pagado por el cliente durante los últimos 12 meses de vigencia del contrato; o ii) en caso de que la vigencia del contrato sea menor a 12 meses, la suma equivalente al monto abonado por el cliente. ADT no asume ninguna responsabilidad durante el período en que el servicio de monitoreo se encuentre interrumpido o suspendido con motivo del incumplimiento por parte del cliente de las obligaciones a su cargo (incluyendo, sin limitación, por falta de pago del servicio de telecomunicaciones del cliente). Esta limitación de responsabilidad se extenderá a los subcontratistas de ADT. 20 | Placa de advertencia de ADT.- ADT entregará en comodato al cliente la placa de advertencia de ADT (PLACA ADT) que contiene SU logotipo y por ello es fundamental su correcto uso. Esto significa que la PLACA ADT será instalada por ADT o con su supervisión y no podrá ser removida del lugar en que sea colocada. Al término de la prestación de los servicios, el cliente deberá coordinar con ADT el retiro de la placa dentro del plazo de 10 días contados desde el término del presente instrumento, la que deberá encontrarse en perfecto estado de conservación, salvo el deterioro proveniente del transcurso del tiempo. 21 | Datos personales.- El cliente acepta y reconoce el derecho de ADT de utilizar los Datos. La recolección de los datos y su tratamiento se efec- túa en cumplimiento con la ley Nº 25.326. El cliente presta su consentimiento para que sus datos sean cedidos y/o transferidos por ADT para su acceso, archivo, trata- miento y procesamiento por parte de entidades vinculadas de ADT y/o terceros con los que mantenga acuerdos de colabora- ción, ya sea desde la República Argentina o desde cualquier otro país. La finalidad en el uso de estos datos será la prestación del servicio y/o administrar la cuenta del cliente. El cliente podrá solicitar por medio fehaciente a ADT la identificación y datos del/los cesionario/s de los archivos cedidos o transferidos. Los datos serán tratados con el grado de protección adecuado. ADT y el/los cesionario/s de los datos adoptarán las medidas de seguridad para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado por parte de terceros. El cliente acepta que por cuestiones de calidad del servicio, ADT podrá grabar y/o monitorear cualquier llamada telefónica o contacto por otro medio de comunicación que el cliente realice al Centro de Atención a Clientes como cualquier llamada o contacto que ADT realice al cliente y/o al domicilio monitoreado y/o cual- quiera de los contactos de emergencia. Asimismo, el cliente consiente expresamente que sus datos también podrán ser utilizados por ADT y/o terceros para la realización de acciones promocionales de marketing y/o de servicio al cliente. El cliente podrá modificar y/o solicitar la supresión de los datos archivados por ADT destinados a la realización de acciones promocionales de marketing en cualquier momento, previo requerimiento por escrito. El cliente autoriza a ADT a proporcionar y/o divulgar la información de los contactos y la información detalla- da en el PIEP a la policía, bomberos o a cualquier otra dependencia de emergencia, ya que se trata de una característica propia del servicio. El titular de los datos personales puede ejercer el derecho de acceso a éstos de forma gratuita en intervalos no infe- riores a seis meses, salvo que acredite un interés legítimo, según lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley 25.326. 22 | Consentimiento previo e informado - Cartel.- Si el cliente contrata los servicios de seguridad interactivos, ADT le entregará al cliente el cartel en comodato. Será instalado por ADT o con su supervisión y no podrá ser removido del lugar asignado. 23 | Información crediticia.- El cliente autoriza a ADT para que investigue su historial crediticio, sus datos personales o cualquier prevención con que cuenten las instituciones bancarias, financieras, comerciales o de servicios sobre el comportamiento crediticio en las Socie- dades de Información Crediticia que estime conveniente. Esta autorización tendrá vigencia hasta que finalice la relación jurídico-comercial entre ADT y el cliente. 24 | Confidencialidad.- Las partes acuerdan y el cliente entiende, reconoce y acepta que ADT utilizará la información que le haya sido proporcio- nada para la prestación de los servicios, y que solamente divulgará dicha información: 1. A la persona titular de la cuenta que aparezca en la carátula de documento o a quien ésta autorice por medio de un poder notarial; carta poder; 2. A las autoridades e instituciones que legalmente lo requieran. ADT podrá disponer de la información generada en virtud de la prestación de los servicios. 25 | Subcontratación.- Las partes acuerdan que ADT tendrá el derecho a subcontratar cualquier instalación y/o servicio relacionado con el contrato, incluyendo de manera enunciativa, pero no limitativa: el servicio de instalación de equipo, el servicio de monitoreo, el servicio de mantenimiento, así como cualquier servicio opcional. 26 | Cesión.- Las partes acuerdan y el cliente entiende, reconoce y acepta que no puede ceder los derechos y/u obligaciones y/o los efectos de este contrato; salvo cuando exista consentimiento previo expreso y por escrito de ADT. Las partes acuerdan y el cliente acepta que ADT podrá ceder este contrato a cualquier persona humana o jurídica, sin necesidad de requerir consentimiento del cliente. 27 | Domicilios - Competencia.- Todas las notificaciones serán escritas, irán firmadas y fechadas y serán enviadas a través de un medio fehaciente, a menos que expresamente se haya establecido un medio distinto, a los respectivos domicilios que aparecen en esta solicitud. Las Partes notificarán a la otra por escrito cualquier cambio de domicilio para enviar notificaciones. El cliente acepta que ADT remita información y comunicaciones al correo electrónico que el cliente registró en esta solicitud, o en su caso a la última dirección registrada por el cliente. Toda comunicación enviada al correo electrónico, se considerará notificada en el día de su envío. Esta solicitud se rige por las leyes de la República Argentina. Cualquier controversia, todo litigio o reclamo que resulte de esta solicitud y del acuerdo de su aceptación por parte de ADT se resolverá en los Tribunales Comerciales de la Ciudad de Buenos Aires o en los que correspondan al lugar del domicilio del suscriptor u otro órgano similar para la resolución de conflictos. 28 | Subsistencia del contrato.- En caso de que alguna de las condiciones de este contrato sea declarada nula, inválida o inaplicable por cualquier causa, este contrato continuará en vigor y la estipulación será eliminada. Se interpretará entonces el contrato como si dicha condición no hubiera existido, a menos que sea fundamental para el contrato. 29 | Aceptación.- Luego de haber leído, entendido y aceptado el contenido y alcance de esta solicitud, el cliente la suscribe en la fecha establecida en la carátula. El consumidor tiene el derecho a revocar la contratación dentro de los 10 días de haber solicitado el servicio, comunicando su desición por escrito a ADT.